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Educación Financiera

¿Cómo pagar deudas al banco cuando mueres?

Redacción Kondinero

17/11/2016

Las deudas se pueden heredar, incluso algunas deudas de tarjetas de crédito siguen activas y los familiares deben pagar el adeudo, pero no sucede en todos los casos. ¿Cómo pagar deudas al banco cuando mueres? a continuación te lo explicamos.

La mayoría de la gente cree que una vez fallecen las personas hasta ahí llegaron sus deudas. Lo cierto es que no todas mueren. Incluso algunas pueden ser transferibles al momento de la herencia. 

Existen productos financieros que tienen asociado un seguro de vida, como en el caso de las hipotecas, con el cual se liquida la deuda en el caso de que el titular fallezca, pero esto no ocurre en todas las ocasiones. 

En las tarjetas de crédito bancarias, algunas incluyen seguros que liquidan la deuda en caso de fallecimiento del titular, siempre y cuando no tuviera más de tres meses de atraso en pagos. Además, la liberación del saldo no incluirá aquellos originados por disposiciones realizadas con fecha posterior al fallecimiento del cliente, en caso de que eso ocurriera, la institución exigiría su cobro.

Por otra parte, las tarjetas departamentales generalmente no cuentan con un seguro, por lo que la deuda no se extingue por fallecimiento.

En caso de las hipotecas mancomunadas, cuando el crédito es otorgado por una institución bancaria, las dos personas están cubiertas por el seguro de vida ligado a la hipoteca. En caso de que uno de ellos fallezca, el seguro liquida el saldo insoluto de la deuda siempre y cuando en la póliza figure el esquema de cobertura mancomunada conyugal. Siempre y cuando no haya atrasos.

¿Cuándo la familia está obligada a responder por un compromiso contraído por un fallecido?

  1. Si eres deudor solidario, es decir, si firmaste algún pagaré o compromiso en el que se especifique que en caso de fallecimiento o por alguna otra razón el titular no pudo cumplir, tú debes hacerlo. En este caso, por desgracia, no hay de otra, ya que tienes documentos firmados y se puede requerir el pago de manera legal.
  2. Si eres aval, lo cual representa casi las mismas obligaciones que en el caso anterior. 

De no estar en ninguno de estos casos, la deuda NO es tu responsabilidad y no hay modo de exigir el pago.

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Qué hacer si algún ser querido fallece endeudado?

  • Informar al banco y a las entidades a las que estaba pagando. Se deben presentar el acta de defunción en original y copia, identificación oficial tanto de la persona fallecida como de quien hace el trámite y comprobante de domicilio.
  • Solicitar por escrito la cancelación del crédito y esperar la resolución, que puede llevar hasta dos meses.
  • Asesorarse con un abogado, en el caso de que los cobradores insistan en cobrar deudas ajenas, que no están comprometidas por escrito. 
  • Asegurarse de que bancos y tiendas departamentales den de baja sus datos.

Kondinero te recomienda que alguien de confianza sepa donde están los documentos importantes en caso de fallecimiento, para poder agilizar todos los trámites.

Fuente: Finanzas personales, Profeco, Expansión.