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¿Sabías que el ahorro en la Afore es heredable?

Redacción Kondinero

16/10/2017

En caso de fallecimiento de un trabajador, los recursos de su cuenta de Afore pueden ser reclamados por sus beneficiarios asignados o familiares. 

Alguna vez te has preguntado ¿qué pasa con el dinero de tu Afore en caso de fallecer repentinamente? bueno pues los recursos invertidos o ahorrados en las afores son una propiedad privada, por esta razón se consideran patrimonio heredable.

Si algún día llegas a faltar, los recursos pueden ser heredados, pero sólo los familiares directos tienen derecho a ser tus beneficiarios legales, es decir, a recibir el fondo de retiro y, en algunos casos, una pensión. Al final el ahorro que hiciste para tu retiro será usado aunque tú ya no estés.

Las Leyes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), son las que designan automáticamente quién puede ser beneficiario de estos recursos, es decir, su esposa o esposo, sus hijos menores de 16 años o hasta los 25 años si estudian la universidad o en último de los casos, sus padres.

Por otro lado, en caso de las aportaciones voluntarias, existen los beneficiarios sustitutos, los cuales son designados por el trabajador directamente en la administradora. Estos beneficiarios podrán retirar los recursos voluntarios que hayas aportado, pero los recursos obligatorios no.

 

De acuerdo con la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, una vez que los titulares de la cuenta individual facellen hay un plazo de 10 años para reclamar los recursos, si una persona no tiene beneficiarios legales y nadie reclama los recursos, éstos prescriben a favor del Instituto.

Ahora bien, si tus familiares, por ejemplo tus hijos ya son mayores de 25 años y tu madre recibe una pensión y eres madre o padre soltero o viuda o viudo, ninguno de tus familiares podría heredar de forma legal los recursos. Entonces si ninguno de los familiares puede ser por ley beneficiario legal de las aportaciones ¿Qué haces?

Tus familiares tendrán que dirigirse a la Junta de Conciliación y Arbitraje (en el caso del IMSS) y al Tribunal de Conciliación y Arbitraje (en el caso del ISSSTE). Una vez ahí, tienen que solicitar el retiro de los recursos y después de una serie de procedimientos, una de las dos instancias emitirá un documento en el cual se establecerá quiénes son los beneficiarios legales de los recursos y con este documento se podrá reclamar el ahorro del trabajador en su afore. 

En Kondinero, te recordamos que es importante que tanto tú como tu familia tengan clara la Afore a la que estás afiliado así como el contrato y los beneficiarios asignados y los requisitos que se deberán cumplir para reclamarla en caso de fallecimiento.

 

Fuente: Consar, El Universal, Profeco.